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lunes, 28 de julio de 2025

Análisis de la entrevista al magistrado Héctor Macedo García, presidente electo del PJEM

 

Por José Humbertus Pérez Espinoza


COLUMNA ESPECIAL 


Como fundador del colectivo Presunción de Inocencia y Derechos Humanos AC (PIDH AC), y con base en la estrategia jurídica desarrollada durante los últimos nueve años, es importante resaltar que, tras escuchar y recomendar la entrevista del magistrado Héctor Macedo García, presidente electo del Poder Judicial del Estado de México (PJEM), existe una gran esperanza de lograr la libertad de las personas injustamente privadas de su libertad.


En la entrevista, el magistrado Macedo García explicó cómo los magistrados de circuito, encargados de otorgar la libertad mediante protección directa, han resuelto diversos casos sustituyendo el proceso penal por el juicio oral para cuestiones meramente formales.


También indicó que, para otorgar la libertad a través de la Ley de Amnistía, es necesario reformar dicha legislación en el Estado de México.


Asimismo, anunció que solicitarán recursos del programa Jóvenes Construyendo el Futuro para que los pasantes de servicios sociales reciban un estímulo económico por colaborar en la labor de transformación del PJEM. Además, el magistrado expresó su desacuerdo con la promulgación del Código Nacional de Procedimiento Penal (CNPP).


En estos cuatro aspectos, PIDH AC ha demostrado ser el único colectivo que ha litigado de manera consistente, tanto desde la cárcel como en libertad, durante los últimos nueve años.


PIDH AC ha obtenido recursos legales clave y ha demostrado que los falsos culpables deben obtener su libertad sin más pretextos. Estos logros se pueden resumir en los siguientes puntos:


1. Reposición de amparos: Hemos documentado cómo los magistrados de circuito han cuestionado las acciones de los jueces y el funcionamiento de los tribunales de juicio oral. Sin embargo, en lugar de resolver los casos formalmente, deberían atender el fondo del asunto y otorgar amparos dictando la libertad pura y simple. Contamos con 15 amparos como prueba, en los cuales, tras la reanudación del juicio oral, finalmente se concedió la libertad.


2. Resoluciones contra CODHEM: Contamos con las únicas resoluciones de amparo indirecto contra CODHEM, derivadas de opiniones consultivas desfavorables. Los jueces de distrito decidieron que la recomendación legislativa de conceder la amnistía corresponde exclusivamente a la Legislatura del Estado de México. Diversos grupos y abogados perdieron sus solicitudes de amnistía, incluso agotando todos los medios de defensa, incluido el amparo en revisión.


3. Autores de la Iniciativa de Amnistía Ciudadana: PIDH AC impulsó la Iniciativa de Amnistía Ciudadana a favor de los culpables injustamente e incluyó los delitos de alto impacto en la Ley de Amnistía del Estado de México. Presentamos la iniciativa de reforma a dicha ley el 9 de diciembre de 2021, coincidiendo con la propuesta del magistrado Macedo García, que abre la puerta a más libertades.


4. Falta de recursos en el PJEM: Si bien el magistrado Macedo propone gestionar recursos a través de Jóvenes Construyendo el Futuro, es importante señalar que durante la presidencia del magistrado Ricardo Sodi Cuéllar se asignaron suficientes recursos. Sin embargo, mediante una resolución del INFOEM en un recurso de revisión, se demostró que los recursos asignados a eventos públicos no fueron transparentes. Además, la forma de reclutamiento demuestra una falta de consideración por la verdadera capacitación de los operadores de justicia.


5. Gasto en medios: La opacidad también se identificó en la adquisición de tres medios de comunicación, donde Sodi Cuéllar dilapidó millones de pesos con el fin de promover, sin éxito, su carrera a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).


6. Postura sobre el CNPP: El magistrado Macedo García tiene razón en parte al oponerse al CNPP, señalando que priva a las entidades federativas de sus propios códigos procesales. Sin embargo, el problema fundamental radica en que los órganos del Estado mexicano no cumplieron con su aplicación, lo que incrementó los casos de falsos culpables en el Estado de México y en el país.



7. Incumplimiento de la evaluación legislativa: Mediante otra solicitud de transparencia, PIDH AC certificó que el Congreso de la Unión debía cumplir con el artículo décimo segundo transitorio del CNPP en materia de evaluación legislativa. El incumplimiento fue generalizado en todos los organismos estatales.


En conclusión, la estrategia legal de PIDH AC ha sido exitosa. No necesitamos favores de los órganos del Estado mexicano ni simulacros. No defendemos a los culpables con el pretexto de la justicia social. Defendemos, con hechos, a personas verdaderamente inocentes.


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