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| El secretario general de Gobierno averiguó el evento |
* Por difusión extemporánea de su informe legislativo
Por Redacción | Agencia MANL
Toluca, Méx.- El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) determinó sancionar a la diputada local por Ecatepec, Zaira Cedillo Silva, al acreditar que difundió de manera extemporánea su Primer Informe de Actividades Legislativas y vulneró el interés superior de la niñez al utilizar imágenes de menores sin cumplir con los criterios legales establecidos.
La resolución fue aprobada por mayoría de votos durante la sesión pública en la que se analizó el Procedimiento Sancionador Ordinario 3/2026, con el voto en contra del magistrado Héctor Romero Bolaños.
La magistrada presidenta del TEEM, Arlen Siu Jaime Merlos, informó que el Pleno declaró existente la infracción atribuida a la legisladora y ordenó dar vista a la Contraloría del Poder Legislativo de la LXII Legislatura del Estado de México para que, conforme a sus atribuciones, determine lo que en derecho proceda. Además, instruyó a la Secretaría Ejecutiva del Instituto Electoral del Estado de México verificar el retiro de la propaganda denunciada y vinculó a la diputada a cumplir con los efectos de la sentencia.
El Tribunal también resolvió que no se acreditaron actos anticipados de precampaña o campaña, promoción personalizada ni el uso indebido de recursos públicos, por lo que dichos señalamientos fueron declarados inexistentes.
El procedimiento deriva de la difusión del Primer Informe de Actividades Legislativas de la diputada Zaira Cedillo Silva, en el que destacó acciones para impulsar los derechos de las mujeres, fortalecer la educación, promover el acceso al agua y apoyar a más de 10 mil niñas y niños del Estado de México.
Al evento asistieron, entre otros invitados, el secretario general de Gobierno del Estado de México, Horacio Duarte Olivares, así como el diputado Francisco Vázquez Rodríguez (Morena), presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) de la LXII Legislatura del Estado de México.
Con esta resolución, el TEEM envía un mensaje sobre la obligación de las y los servidores públicos de respetar los plazos establecidos para la difusión de informes de labores y garantizar la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes en la propaganda institucional.
Si bien la sentencia no encontró elementos para configurar promoción personalizada, actos anticipados de campaña o uso indebido de recursos públicos, sí determinó que la difusión del informe se realizó fuera del periodo permitido por la legislación electoral, por lo que ordenó las medidas correspondientes y dio vista a la Contraloría del Poder Legislativo para los efectos legales conducentes.
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